• Denominación de la actividad de tratamiento:
    • Libro de actas
  • Extensión geográfica de la actividad de tratamiento:
    • Local (Provincia)
  • Número de interesados afectados:
    • Cifra concreta de interesados afectados (cifra lo más aproximada posible si no se dispone de la cifra exacta): De 0 a 10.000 interesados afectados.
    • Proporción aproximada de la población correspondiente (en el supuesto de un porcentaje relevante de personas en un determinado contexto o ámbito): null
  • Descripción de los fines de tratamiento:
    • Tratamiento de los datos de los copropietarios necesarios para dar cumplimiento con las obligaciones establecidas en la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal
  • Medios utilizados para la recogida de la información:
    • Formulario en soporte papel
  • Operaciones concretas a realizar sobre los datos personales:
    • Recogida
    • Registro
    • Organización
    • Conservación o almacenamiento
    • Consulta
  • Base jurídica del tratamiento / criterio de legitimación:
    • El tratamiento se funda en el cumplimiento de una obligación exigible al responsable en una norma de rango legal (especificar si es posible):
      • Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal
  • En el caso de que sea necesario el consentimiento de los interesados, identificar posibles medios para recabar el mismo:
    • Firma manuscrita
  • Descripción de las categorías de interesados:
    • Miembros de la comunidad de propietarios (copropietarios)
  • Tipificación de colectivos o categorías de interesados:
    • Propietarios o arrendatarios
  • Descripción del origen de los datos:
    • Los datos personales han sido obtenidos a través del propio interesado
  • Tipificación del origen de los datos:
    • El propio interesado
  • Descripción de las categorías de datos personales:
    • Conjunto de los datos de los copropietarios necesarios para el mantenimiento y cumplimiento de la relación con los mismos y el cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal
  • Tipificación de datos personales objeto de tratamiento:
    • Dirección postal
    • Dirección de correo electrónico
    • NIF / DNI
    • Nombre y apellidos
    • Teléfono
  • Áreas con acceso a los datos y tipo de acceso:
  • Descripción de las categorías de destinatarios / cesiones o comunicaciones de datos:
    • No se producen
  • Tipificación de cesiones o comunicaciones de datos:
    • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
    • Administración pública con competencia en la materia
  • Descripción de las categorías de destinatarios en terceros países u organizaciones internacionales:
    • No se producen
  • Descripción de los plazos previstos para la supresión de las diferentes categorías de datos personales / plazos de conservación:
    • Los datos de los propietarios se conservarán durante el plazo establecido en la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal
  • Encargados del tratamiento:
    • No hay encargados del tratamiento para esta actividad.
  • Detalle de actividades de tratamiento de alto riesgo:
    • Bloque de riesgos A – Daños o perjuicios económicos, morales o sociales significativos:
      • En principio, no se aprecian riesgos específicos de esta sección
    • Bloque de riesgos B – Privación de derechos y/o mecanismos de control
      • En principio, no se aprecian riesgos específicos de esta sección
    • Bloque de riesgos C – Tratamiento de categorías especiales de datos personales
      • En principio, no se aprecian riesgos específicos de esta sección
    • Bloque de riesgos D – Creación o utilización de perfiles personales de usuarios
      • En principio, no se aprecian riesgos específicos de esta sección
    • Bloque de riesgos E – Datos de personas especialmente vulnerables
      • En principio, no se aprecian riesgos específicos de esta sección
    • Bloque de riesgos F – Volumen de datos
      • En principio, no se aprecian riesgos específicos de esta sección
    • Bloque de riesgos G – Transferencias a terceros Estados
      • En principio, no se aprecian riesgos específicos de esta sección
    • Bloque de riesgos H – Otros supuestos de riesgo
      • En principio, no se aprecian riesgos específicos de esta sección
  • Nivel de riesgo:
    • Riesgo estándar