Dña. Antonia Rocío Maraver Pérez

 

 

 

 

 

 

 

 

 






Declaración de bienes y actividades
Vida Laboral
 

Cuarta Teniente de Alcalde, Concejala Delegada del Área de Administración, Recursos Humanos, Archivo Municipal, Hípica, Protocolo y Prensa, se le delegan las siguientes atribuciones:

1. La programación de las políticas municipales en materia de su competencia, así como la representación de la Concejalía–Delegada de la que es titular
2. La dirección y organización de todo el personal en el ámbito de su Concejalía–Delegada, sin perjuicio de la coordinación con las competencias del Concejal–Delegado de Recursos Humanos.
3. Acordar la conclusión y archivo de los expedientes que aparezcan ultimados en todos sus trámites referentes a las materias propias de sus atribuciones
4. El dictado de las resoluciones en materia de acceso a la información, así como de las directrices de aplicación en relación al acceso a la información pública municipal y su publicidad activa, en el ámbito de sus competencias.
5. La jefatura de los departamentos incluidos en el ámbito de su delegación.
6. La dirección e impulso de la política de recursos humanos del Ayuntamiento.
7. La gestión de la relación de puestos de trabajo y de la plantilla de personal de este Ayuntamiento.
8. Ejecutar la oferta de empleo público de acuerdo con el Presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno de la Corporación.
9. Acordar el nombramiento y sanciones de todo el personal.
10. El impulso, dirección y coordinación de los procedimientos de calidad.
11. La dirección, impulso y fomento de las actividades ganaderas y de los usos tradicionales relacionados con el sector, así como el desarrollo y fomento de las razas animales autóctonas.
12. El impulso, dirección y coordinación de las actividades hípicas del municipio.
13. Planificar, coordinar y dirigir los Servicios afectados por Ganadería e Hípica y la organización del trabajo de sus trabajadores.
14. La recogida de animales abandonados.
15. Planificar, coordinar, dirigir y aprueba los actos administrativos necesarios para la realización de actividades hípicas y ganaderas del municipio.
16. El otorgamiento de licencias para tenencia de animales potencialmente peligrosos.
17. La gestión y control del Archivo Municipal.
18. La dirección del Departamento de Informática.
19. Dirección, gestión y coordinación de todos los trabajos relativos a la estabilización del empleo temporal, Relación de Puestos de Trabajo, Plantilla de Personal y Valoración de Puestos de Trabajo.
20. Convocar, presidir, dirigir, gestionar y coordinar las mesas de negociación colectiva.
21. Seguimiento en la gestión de los expedientes administrativos, asegurando mecanismos de control, transparencia, y agilización de los mismos.
22. La vigilancia y control sobre el cumplimiento de las Ordenanzas y Reglamentos Municipales relativos a las materias de su competencia.
23. La apertura y resolución de expedientes sancionadores sobre materias incluida en el ámbito de sus competencias.
24. Relaciones institucionales con las asociaciones en materia de su Concejalía-Delegada.
25. La dirección, con la colaboración de la Secretaría General de este Ayuntamiento, de los empleados municipales asignados a los servicios de su competencia.
26. La Facultad de emitir actos administrativos que afecten a terceros en el ámbito de sus competencias.

 

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